si, para compra a terceros y cualquier otro producto de crédito, excepto línea 1 vivienda nueva, es requisito indispensable que tu vendedor acredite la propiedad con titulo de propiedad también conocido como escritura, ya sea pública o privada, o instrumento privado, de cualquier forma hay que hacer la revisión de los antecedentes registrales antes de que empieces a hacer gastos. de antemano te comento que la revisión a tiempo, es recomendable para evitar gts. innecesarios, porque nos han tocado escrituras patito y al momento de solicitar el certificado de libertad de gravamen, dichas escrituras no aparecen inscritas en el RPP, y en la mayoría de ocasiones, se percatan de la situación del antecedente después de hacer los gts. de avalúo y constancias de no adeudo además de gts. notariales, inclusive ya están autorizados y notaria no puede continuar si percata inconsistencias. si requieres con mucho gusto nosotros tenemos un enlace al RPP a nivel nacional y con la ultima hoja que contiene los antecedentes supuestamente registrales, yo te reviso la situación legal de ese inmueble y a nombre de quien se encuentra, sin costo alguno, para que puedas iniciar con toda confianza con tus tramites para tu otorgamiento de crédito
saludos cordiales
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