Los derechohabientes de Infonavit que pueden retirar el ahorro que han generado en el instituto, son los pensionados y jubilados, los requisitos son:
- Tener más de 50 años
- Tener al menos un año sin laborar
- Contar con una resolución de pensión por incapacidad, invalidez o cesantía y vejez emitida por el IMSS, o encontrase jubilado por un plan privado, tener una resolución a favor por parte de la Comisión de Inconformidades del Infonavit, o un laudo judicial a favor.
- El trámite se inicia ingresando a la página web Mi Cuenta Infonavit.
- Los datos que se deben tener son el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Número de Seguridad Social (NSS) y Clave Única de Registro de Población (CURP).
La Subcuenta de Vivienda 1992, es el fondo al cual se forma con aportaciones patronales de 1992 a junio de 1997 y se entregan con los rendimientos generado hasta el momento del retiro.
Los requisitos son:
- Tener 65 años o más.
- Estar registrado en una Afore.
- Se solicita los ahorros en la Afore en el que se encuentre registrado el dechohabiente. Se debe concretar una cita para solicitar la devolución de tu ahorro en Mi Cuenta Infonavit. En esta misma solicitud, el Infonavit también devolverá todo lo que hayas ahorrado en tu Subcuenta de Vivienda 1997.
La Subcuenta de Vivienda 1997 se formó con las aportaciones que realizó el patrón a partir del 1 de julio de 1997. Se te entregará el ahorro con rendimientos que se hayan generado hasta el momento de tu retiro.
Para esto se requiere contar con un dictamen de pensión expedido por el IMSS con fecha posterior al 1° de julio de 1997 y no tener un crédito del Infonavit vigente. En caso de un proceso de aclaración de homonimia, es necesario concluirlo antes de iniciar el trámite de retiro.
Los tramites se pueden realizar en el Infonavit o en tu Afore:
A la cita con Infonavit se debe presentar con:
- Número de solicitud y número de cita.
- Número de Seguridad Social (NSS), RFC, CURP.
- Número de cuenta bancaria, puede ser la cuenta en la que el IMSS te deposita tu pensión.
- Original y copia de identificación oficial vigente con fotografía (INE, IFE, Pasaporte, Cartilla Militar, Cédula profesional, Tarjeta de residente temporal, Tarjeta de residente permanente).
- Original y copia de estado de cuenta bancario con CLABE, no mayor a dos meses
- En caso de una demanda laboral o un amparo indirecto y se cuenta con una resolución a favor pesentar original y copia del laudo del juicio (carátula, resolución y firmas).
Si presentante una demanda laboral o un amparo indirecto y aún no tienes resolución: original y copia del desistimiento de tu demanda o amparo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o juzgado.
Si la cita es ante el Afore:
- Lleva todos los requisitos solicitados
- Completa la solicitud: Un Ejecutivo te llenará tu solicitud y te dirá la cantidad a devolver
- ¿Qué debes llevar a tu cita?
- Número de Seguridad Social (NSS), RFC con homoclave y CURP.
- Número de una cuenta bancaria.
- Original y copia de tu credencial de elector vigente.
- Original y copia de estado de cuenta bancario no mayor a dos meses.
- Devolución a beneficiarios
En caso de ser beneficiario (único o múltiple) de un trabajador fallecido, y éste cuente con saldo en el Fondo de Ahorro 72-92, ingresa al servicio de Devolución del Fondo de Ahorro y sigue las indicaciones. Para este trámite es necesario que cuentes con un laudo o resolución judicial que condene al pago de estos recursos.