El primer requisito para cobrar el Afore de un familiar que murió es que haya tenido un fondo activo con una Afore, que no haya estado cobrando su jubilación.

Por Ley, los beneficiarios pueden ser, Viuda o viudo o concubina o concubinario, hijos que sean menores de 16 años, pero también los hijos de 16 a 24 años que se encuentren estudiando y los padres del fallecido que dependían económicamente de él.

Los citados anteriormente son herederos legales que tienen derecho al acceso de los recursos de la Afore de un familiar, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) permite que el trabajador designe a un beneficiario sustituto, de lo contrario, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje es quien emitirá la resolución para designar a los beneficiarios de los recursos.

Es necesario que se acuda a la subdelegación del IMSS que le correspondía al fallecido, para que se emita una resolución de pensión.

Posteriormente se agenda una cita con la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido con la documentación necesaria.

Ya que la solicitud sea procesada la Afore otorgará al beneficiario los recursos en una sola exhibición dependiendo de la Ley del Seguro Social bajo la cual el trabajador estaba amparado (73 o 97).